miércoles, 30 de enero de 2013

¿Han prescrito los delitos de Antonio Anglés?

La Fiscalía de Valencia ha solicitado una copia de las sentencias dictadas por la Audiencia Provincial y el Tribunal Supremo, en 1997 y 1999 respectivamente, por las que se condenaba a Miguel Ricart a la pena de 170 años de prisión en el conocido como 'caso Alcàsser', antes de pronunciarse sobre la prescripción de los delitos atribuidos a Antonio Anglés, considerado autor material del secuestro, violación y asesinato de Miriam García, Toñi Gómez y Desirée Hernández.



Así lo han confirmado fuentes conocedoras del caso a Europa Press, quienes han precisado que el único informe emitido por el ministerio público sobre este asunto se fundamenta en pedir dichas resoluciones para poder pronunciarse sobre la posible prescripción. Cuando las tenga, dirá su opinión al respecto.

En concreto, la Fiscalía ha solicitado la sentencia dictada el 5 de septiembre de 1997 por la Audiencia Provincial de Valencia, en la que se condenó a Ricart a 170 años de prisión por tres delitos de asesinato y cuatro de violación en concurso con otros tres de rapto; y la resolución del Tribunal Supremo en mayo de 1999 ratificando esta decisión.

En la resolución de la Audiencia, se declaró probado que las víctimas, Miriam, Toñi y Desirée, de 14 y 15 años, fueron raptadas el 13 de noviembre de 1992 por Ricart, otro varón identificado que no fue detenido (Anglés) y posiblemente alguna persona más. Las jóvenes fueron violadas y asesinadas en un paraje conocido como 'La Romana', donde sus cuerpos fueron descubiertos el 27 de enero de 1993.

Por estos hechos, la Audiencia condenó a Ricart a cumplir 170 años de prisión, y esta decisión fue recurrida en el Tribunal Supremo. El Alto Tribunal decidió dos años más tarde ratificar la resolución de la Audiencia y confirmar la pena impuesta al estimar que el procesado fue correctamente condenado.

El ministerio público ha realizado estos requerimientos después de que el juzgado de Instrucción número 6 de Alzira pidiera a las partes del proceso que efectuaran sus correspondientes alegaciones sobre la posible prescripción de las infracciones penales investigadas, ya que se habrían cumplido los 20 años desde que ocurrieron los hechos, el 13 de noviembre de 1992.

Por este caso tan solo ha habido un detenido, Miguel Ricart, quien fue condenado a 170 años de prisión y saldrá en 2023, mientras que Anglés pudo huir del cerco policial y los investigadores creen que cogió un buque con destino a Irlanda y que pudo fallecer ahogado al saltar al agua cuando fue descubierto.

La acción popular

Tras este requerimiento del juzgado, la acción popular en el caso, en representación de la Asociación Clara Campoamor, remitió hace un par de semanas un escrito al juzgado por el que se oponía a la prescripción de los delitos atribuidos a Antonio Anglés.

Al respecto, la asociación defiende que desde el inicio de la causa hasta fechas "relativamente recientes", no ha cesado la actividad instructora encaminada a una doble dirección: practicar todo tipo de diligencias con el fin de concretar la participación de ambos procesados -Anglés y Miguel Ricart-; y averiguar el paradero del procesado ausente -Anglés-, del que no se ha sabido nada.

Así, la entidad enumera todas las acciones demandadas por el juez instructor y cita la última en diciembre de 2009, cuando en un auto se acordó el cese de la intervención y escucha de los teléfonos, entre ellos, el de la madre de Anglés; y el cese de la intervención de su cuenta de correo electrónico.

Por todo, la entidad entiende que las actuaciones de este procedimiento se extienden desde el 27 de enero de 1993 hasta el 14 de diciembre de 2009, y "comprenden tanto actuaciones encaminadas a la localización del fugado, como diligencias de investigación acerca de la participación del mismo en los hechos".

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